Los cambios tributarios del Decreto 0240 de 2026 marcan una de las medidas más relevantes del año en materia fiscal en Colombia. Esta norma, expedida en el marco de la emergencia económica, introduce alivios para contribuyentes en mora, nuevas obligaciones y oportunidades de normalización. Entender estos cambios es clave para que los contadores asesoren correctamente y eviten riesgos innecesarios para sus clientes.
El Decreto 0240 de 2026 es una medida con fuerza de ley que modifica temporalmente el sistema tributario colombiano para responder a necesidades urgentes de recaudo. Su alcance impacta tanto a personas naturales como jurídicas, especialmente en temas de cartera, patrimonio y control fiscal.
El decreto se estructura en tres grandes cambios tributarios que deben ser revisados en cada cliente para identificar riesgos u oportunidades.
Los cambios tributarios del Decreto 0240 de 2026 no solo modifican normas, sino que generan efectos directos en la situación fiscal de los contribuyentes.
Personas con deudas en mora
Contribuyentes con activos no declarados
Empresas y sucursales extranjeras
Aplicar correctamente estos cambios requiere una revisión detallada y acción oportuna para no perder los beneficios.
El acceso a los beneficios depende directamente del cumplimiento de los plazos establecidos.
Si no se cumple con estas fechas:
En resumen, los cambios tributarios del Decreto 0240 de 2026 representan tanto una oportunidad como un riesgo. Para los contadores, el reto no es solo entender la norma, sino identificar rápidamente qué clientes pueden beneficiarse y cuáles deben actuar con urgencia.
Aprovechar los alivios, evaluar la normalización y revisar el impacto en el impuesto al patrimonio puede marcar la diferencia entre una buena planificación fiscal y un problema con la DIAN.
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1. Generalidades (residencia fiscal, obligados a declarar, fechas para declarar)
2. Patrimonio (bienes personales, negocio propio, deudas, patrimonio líquido)
3. Sistema de cedulación (rentas de trabajo, honorarios, rentas de capital, rentas no laborales, cédula general, cédula de pensiones, cédula de dividendos)
4. Ganancias ocasionales (venta de activos, herencias, otras)
5. Liquidación privada del impuesto (liquidación sobre rentas gravables, descuentos, retención en la fuente, anticipos)
6. Siete declaraciones de renta completas para que practiques.