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LIBRO SEPTIMO

ARTÍCULO 889

Determinación De Las Rentas Pasivas

Las rentas pasivas atribuibles a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios son aquellas que resulten de sumar la totalidad de los ingresos pasivos realizados por la ECE en el año o período gravable, y restar los costos y las deducciones asociados a esos ingresos pasivos, de acuerdo con las reglas de los artículos anteriores.

Ultima Actualización

8/4/26

Modificaciones o derogaciones