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LIBRO PRIMERO

ARTÍCULO 234

Las Rentas Exentas De Las Sociedades No Son Transferidas

En ningún caso serán trasladables a los socios, copartícipes, asociados, cooperados, accionistas, comuneros, suscriptores y similares, las rentas exentas de que gocen los entes de los cuales formen parte.

Ultima Actualización

8/4/26

Modificaciones o derogaciones