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LIBRO TERCERO

ARTÍCULO 462 - 2

Responsabilidad En Los Servicios De Parqueadero Prestado Por Las Propiedades Horizontales

En el caso del impuesto sobre las ventas causado por la prestación directa del servicio de parqueadero o estacionamiento en zonas comunes por parte de las personas jurídicas constituidas como propiedad horizontal o sus administradores, son responsables del impuesto la persona jurídica constituida como propiedad horizontal o la persona que preste directamente el servicio.

Ultima Actualización

8/4/26

Modificaciones o derogaciones