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LIBRO PRIMERO

ARTÍCULO 159

Deducción Por Inversiones En Evaluación Y Exploración De Recursos Naturales No Renovables

Las inversiones necesarias realizadas de conformidad con el numeral 4 del artículo 74-1 de este estatuto, serán amortizables de conformidad con lo establecido en el artículo 143-1.

Ultima Actualización

8/4/26

Modificaciones o derogaciones