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LIBRO PRIMERO

ARTÍCULO 36 - 2

Distribución De Utilidades O Reservas En Acciones O Cuotas De Interés Social

El valor fiscal por el cual se reciben los dividendos o participaciones en acciones o cuotas de interés social, provenientes de la distribución de utilidades o reservas que sean susceptibles de distribuirse como no gravadas, es el valor de las utilidades o reservas distribuidas.

Ultima Actualización

8/4/26

Modificaciones o derogaciones