Los contribuyentes podrán ajustar anualmente el costo de los bienes muebles e inmuebles, que tengan el carácter de activos fijos en el porcentaje señalado en el artículo 868.
Ultima Actualización
8/4/26
Modificaciones o derogaciones
PARÁGRAFO.Parágrafo derogado por el artículo 78 de la Ley 1111 de 2006