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LIBRO QUINTO

ARTÍCULO 755 - 2

Presunción De Renta Gravable Por Ingresos En Divisas

Los ingresos provenientes del exterior en moneda extranjera por concepto de servicios o trasferencias se presumen constitutivos de renta gravable a menos que se demuestre lo contrario.

PARÁGRAFO. Esta presunción no será aplicable a los ingresos percibidos en moneda extranjera por el servicio exterior, diplomático, consular y de organismos internacionales acreditados en Colombia.

Ultima Actualización

8/4/26

Modificaciones o derogaciones