El impuesto al patrimonio se determinará de acuerdo con la siguiente tabla:
Rangos UVT
Tarifa marginal
Impuesto
Desde
Hasta
0
72.000
0,0%
0
> 72.000
122.000
0,5%
(Base Gravable en UVT menos 72.000 UVT) x 0,5%
> 122.000
239.000
1,0%
(Base Gravable en UVT menos 122.000 UVT) x 1,0% + 250 UVT
> 239.000
En adelante
1,5%
(Base Gravable en UVT menos 239.000 UVT) x 1,5% + 1.420 UVT
PARÁGRAFO. La tarifa del uno coma cinco por ciento (1,5%) sólo aplicará de manera temporal durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026. A partir del año 2027, aplicará la siguiente tabla:
Rangos UVT
Tarifa marginal
Impuesto
Desde
Hasta
0
72.000
0,0%
0
> 72.000
122.000
0,5%
(Base Gravable en UVT menos 72.000 UVT) x 0,5%
> 122.000
En adelante
1,0%
(Base Gravable en UVT menos 122.000 UVT) x 1,0% + 250 UVT