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LIBRO PRIMERO

ARTÍCULO 364

Las Entidades Sin Animo De Lucro Estan Obligadas A Llevar Libros De Contabilidad Registrados

Las entidades sin ánimo de lucro, deberán llevar libros de contabilidad, en la forma que indique el Gobierno Nacional.

Ultima Actualización

8/4/26

Modificaciones o derogaciones