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LIBRO QUINTO

ARTÍCULO 718

Publicidad De Los Emplazados O Sancionados

La Administración de Impuestos divulgará a través de medios de comunicación de amplia difusión; el nombre de los contribuyentes, responsables o agentes de retención, emplazados o sancionados por no declarar. La omisión de lo dispuesto en este artículo, no afecta la validez del acto respectivo.

Ultima Actualización

8/4/26

Modificaciones o derogaciones